este Juzgado Segundo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: Consumada la PERENCIÓN y en consecuencia, extinguida la Instancia, en la presente OFERTA REAL DE PAGO, formulada por los abogados JANETH RODRIGUEZ RODRIGUEZ Y HOOVER RODRIGUEZ GRANADA, inscritos en el inpreabogado bajo los números 32.749 y 42.480, respectivamente, en su carácter de apoderados judiciales de la Sociedad Mercantil INSTITUTO EDUCACIONAL VIRGEN DE FATIMA, C.A., a favor de los ciudadanos ROMELIA MARTINEZ, ANAISIS MARTINEZ, CELENIA VELASQUEZ, ROSANA GONZALEZ Y JHOSYS REYES, titular de la cédula de identidad No. V-11.434.257, 15.414.289, 9.308.773 y 14.481.701 y 14.976.390, respectivamente, en el asunto signado con el No. OP02-S-2012-000096, de conformidad con los artículos 201 y 202 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. S.....