este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Penal, en función de Juicio, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA EXTENDER la Medida Cautelar dictada por este mismo tribunal, medida de presentación a favor del ciudadano, MOISES RAFAEL ESCOLA, Venezolano, natural de Maracaibo, titular de la cedula de identidad N° 17.096.699, de 21 años de edad, de profesión u oficio técnico en frenos, soltero, hijo de Arelis Ovalles Escola y Padre desconocido, residenciado en el Barrio Balmiro Leon, Segunda Etapa por la entrada del Destacamento El Mamon, al lado del Abasto Divino Niño, del Municipio Maracaibo del Estado Zulia. Debido a que ello constituye una medida menos gravosa para el imputado, y quien deberá en consecuencia presentarse por ante este tribunal cada treinta (30) días.