DECISION
Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO TERCERO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESUS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
Primero: Se declara el derecho a que tienen los abogados JUAN CARLOS RAMIREZ PRIMERA y FLORINDA ROMANO FUENMAYOR, plenamente identificados en actas al Cobro de sus Honorarios Profesionales.
Publíquese, Regístrese y Notifíquese.
Déjese copia por secretaría de conformidad con lo dispuesto en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil.