en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de Divorcio formulada por los ciudadanos RAQUEL CAROLINA HERRERA VIVAS y JUAN JESUS SANCHEZ PINEDA, venezolanos, mayores de edad, titulares de la cédulas de identidad Nros. V- 11.178.853 y 9.681.756 respectivamente, asistidos de la abogado en ejercicio GISELA VELASQUEZ SANCHEZ, inscrita en el inpreabogado bajo el número 48.505, con fundamento en el Artículo 185-A del Código Civil, y como consecuencia de ello, disuelto el vínculo conyugal existente entre ellos, contraído en fecha 23.08.2001 ante el Director del Registro Civil de la Victoria, Municipio Jose Felix Ribas del Estado Aragua, según consta de acta número 203, inserta en el Libro de Registro Civil de Matrimonios N° 1 llevado por ese despacho en el referido año.