Por los fundamentos antes expuestos este Juzgado del Municipio Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA:
PRIMERO: Se decreta medida de Embargo Provisional sobre:
a) EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre el salario que devenga el demandado en la Empresa FEBECA, C.A.de la ciudad de valencia Estado Carabobo;
b) EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre las prestaciones que le corresponden a el demandado por sus servicios prestados en la referida empresa;
c) EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre la cantidad que posea el demandado en la caja de ahorro que pudiera existir para los empleados de la empresa;
d) EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre las cantidades que tenga constituido en fideicomiso y sus respectivos intereses con la referida empresa;
e) EL VEINTICINCO POR CIENTO (25%) sobre las cantidades referidas a vacaciones, bono vacacional, comisiones, bono d.....