Juzgado Superior Cuarto del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, en el ejercicio de sus facultades legales, Administrando Justicia y por autoridad de la Ley, declara: 1) SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la profesional del derecho ZOLEID ABREU, en su carácter de apoderada judicial de la parte demandada, en contra de la decisión dictada en fecha 06 de agosto de 2.012, por el Juzgado Sexto de Primera Instancia de Juicio para el Nuevo Régimen Procesal y Transitorio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia. 2) PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda que por Reclamo de Prestaciones Sociales intentó el ciudadano EUDO SALAS, en contra de LA SOCIEDAD MERCANTIL AJEVEN C.A. y LA SOCIEDAD MERCANTIL TRANSPORTE SANTA LUCIA CA, (plenamente identificados en actas). 3) SE CONDENA A LA PARTE DEMANDADA A PAGAR A LA PARTE ACTORA LA CANTIDAD DE Bs. 150.627,84, TAL Y COMO SE DISCRIMINO EN LA PARTE MOTIVA DE ESTA DECISION MAS LO QUE RESULTE DE LA