Por los fundamentos antes expuestos, este JUZGADO DECIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA HOMOLOGAR el Acuerdo Reparatorio realizados por las partes, en el asunto penal 10M-39611, seguida en contra de los acusados DUBER NEY CHANCHILA HOYOS Y FRANCISCO GUERRA MONTIEL como autores, en la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, previsto y sancionado en el articulo 453.1 del Código Penal y el acusado ALCIDES GREGORIO FUENMAYOR VILLALOBOS, por la presunta comisión de delito de APROVECHAMIENTO DE COSAS PROVENIENTES DEL DELITO , previsto y sancionado en el articulo 470 ejusdem,en perjuicio de la Empresa AVICOLA DE OCCIDENTE, por los hechos ocurridos el día 12-07-2009, de conformidad con lo previsto en le artículo 40 del Código Orgánico Procesal Penal, en consecuencia se SUSPENDE EL PROCESO hasta tanto se c.....