Por los fundamentos de hecho y de derecho antes expuestos, este JUZGADO DECIMO PRIMERA INSTANCIA EN FUNCION DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA. Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD, en contra del acusado JUNIOR JOSE ORTEGA NAVA, Venezolano, titular de la cédula de identidad 18.723.603, soltero, ocupación chofer, hijo de José Ortega y Yoleida Nava, residenciado en la Calle 24 Sector Rincón del Mar, casa 6-85, por el Colegio Rosmini. Maracaibo Estado Zulia, por la comisión del delito ROBO AGRAVADO Y OCULTAMIENTO ILICITO DE ARMA DE FUEGO, cometido en perjuicio del ciudadano JAIME PIRES, de conformidad con lo pautado en el artículo 250, 251 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, por lo que se acuerda librar la correspondiente ORDEN DE APREHENSION, todo de conformidad con el ordinal 1 del artículo 44 de la Constitución de la Republica Bolivariana.....