En nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la solicitud de Divorcio por los ciudadanos HUMBERTO AGILIO MENESES FERRAS y OLIDA ESTHER GARCIA, ya identificados con fundamento en el artículo 185 "A" del Código Civil.
SEGUNDO: Disuelto, el vinculo Matrimonial que los unía contraído por ellos en fecha 14 de Diciembre de 2.005, ante el Registro Civil del Municipio Maneiro del Estado Nueva Esparta, según consta de Acta N° 79, folios 170, 171 y 172, en un todo conforme con lo previsto en el artículo 185- "A" del Código Civil.-