En consecuencia, por las razones de hecho y de derecho antes esgrimidas, este JUZGADO PRIMERO DE PRIMNERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE CONTROL DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley RESUELVE: Declarar CON LUGAR la solicitud de modificar la Medida Cautelar Sustitutiva a la Privación de Libertad que le fuera otorgada al Imputado DEHIVI MOISES ROSALES LARREAL, Venezolano, titular de la cedula de identidad N° V-18.831.257, de estado civil casado, de profesión u oficio no definido, nacido en fecha 20-05-1.987, de 22 años de edad, hijo de Ana Larreal y Tulio Rosales y residenciado en el Conjunto Residencial Plaza del Sol, Edificio La Orquídea, Piso 5, Apto 5F, Municipio San Francisco, y Móvil Nro. 0414-6020595, a quien se le procesa por la presunta comisión del delito de APROVECHAMIENTO DE VEHICULO AUTOMOTOR PROVENIENTE DEL ROBO, previsto y sancionado en el artículo 9 de la Ley Sobre el.....