CONDENA al ciudadano, hoy penado, LEONEL MOISES ROMERO: de nacionalidad Venezolano, natural de San Francisco, Estado Zulia, fecha de nacimiento: 31-01-1989, de 19 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Estudiante, Cédula de Identidad No 19.705274, hijo de JOSÉ LEAL (V) y OLGA ROMERO (V), y con residencia en Barrio Negro Primero, Calle 32 A Casa No 5-26, como COMPLICE NO NECESARIO del delito de DE ROBO DE VEHÍCULO AUTOMOTOR CON CIRCUNSTANCIAS AGRAVANTES, previsto y sancionado en los Artículos 5º y 6º Numerales 1, 3 y 8 de la Ley Sobre el Hurto y Robo de Vehículos Automotores, en perjuicio del CIUDADANO JOSÉ FELIPE MORALES HERRERA Y MARÍA EMILIA URDANETA, a la sufrir la pena de DOS (02) AÑOS Y SEIS (06) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de ley, establecidas en los artículos 16 y 34 del Código Penal, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 330 en concordancia con el artículo 376 del Código Orgánico Procesal Penal, pena que provisionalmente termin.....