´´III.- DISPOSITIVO.
Por los fundamentos expuestos, este TRIBUNAL DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO MACHIQUES DE PERIJÁ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECLARA CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO, propuesta por los ciudadanos WUINDER ALBERTO CHOURIO INCIARTE y SILVIA MARIA FUENMAYOR ESCOBAR, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. V-15.391.338 y V-16.967.080, respectivamente, domiciliados en el municipio Maracaibo del estado Zulia. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial que contrajeron en fecha nueve (09) de julio del año dos mil uno (2001), por ante el Registro Civil de la Parroquia El Rosario del Municipio Rosario de Perijá del Estado Zulia, todo lo cual consta de copia certificada del acta de matrimonio No. 94, libro 01, año 2001, anotada en los libros .....