Por las razones anteriormente expuestas, esta Corte Superior de la Sección Penal Adolescente del Circuito Judicial Penal del estado Zulia, con Competencia en delitos de Violencia Contra la Mujer de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, dicta los siguientes pronunciamientos:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE POR INIMPUGNABLE su tramitación por vía del efecto suspensivo, el recurso de apelación de autos conforme al articulo 374 del Código Orgánico Procesal Penal interpuesto oralmente en fecha 16 de septiembre de 2015, por el ciudadano Abogado MANUEL GUILLERMO CASTRO FERNANDEZ, Fiscal Auxiliar Décimo Sexto del Ministerio Público de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en relación al asunto seguido a los adolescentes (SE OMITE NOMBRE DE CONFORMIDAD CON LOS ARTÍCULOS 65 Y 545 DE LA LEY ORGÁNICA PARA LA PROTECCIÓN DE NIÑOS, NIÑAS Y ADOLESCENTES), (SE OMITE NOMBRE DE CONFORMI.....