PRIMERO: DECRETAR la SEPARACION DE CUERPOS y BIENES de los ciudadanos MARIA ANTONIETA ESTABA VASQUEZ y WILFRED MARCEL MEDINA BARRETO, venezolanos, mayores de edad y titulares de la cédulas de identidad Nº V-11.854.415 y V-11.471.344 respectivamente; conforme los Artículo 189 y 190 del Código Civil. SEGUNDO: Extinguida la Comunidad de Gananciales con ocasión al presente decreto de separación, ello en atención a lo dispuesto en el Segundo aparte del artículo 173, concatenado con el artículo 175, ambos del Código Civil. TERCERO: De conformidad con el contenido del artículo 351 de la Ley Especial, en lo que concierne a la Patria Potestad, Custodia, Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar de las adolescentes OMITIDO CONFORME A LA LEY, tiene en cuenta lo acordado por los padres en su escrito, en razón de lo cual se HOMOLOGAN en todos y cada uno de sus términos los acuerdos relativos a las Instituciones Familiares, los cuales se dan por rep.....