PRIMERO: INADMISIBLE el recurso de apelación interpuesto por el abogado ANTONIO JOSE CARRASQUERO, actuando con el carácter de defensor del imputado DANIEL ANTONIO ROJAS PEDROZA, en contra de la Decisión Nº 0749-09, de fecha 21-07-09, en la causa N° C02-9810-2009, dictada en el acto de audiencia preliminar, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, Extensión Santa Bárbara, por encontrarse inmerso en la causal de inadmisibilidad prevista en el artículo 437 literal "c" del Código Orgánico Procesal Penal, en concordancia con los artículos 264, 331 último aparte y 448 ejusdem. SEGUNDO: ADMISIBLE el referido recurso de apelación interpuesto en lo que se refiere a la denuncia relativa a la falta de motivación de la decisión, al pronunciarse sobre la disposición establecida en el artículo 318 ordinal 1° del Código Orgánico Procesal Penal, todo ello de acuerdo a lo previsto en el artículo 450 ejusdem. En consecuencia, a par.....