En consecuencia, este Juzgado Ejecutor de Medidas de los Municipios Machiques de Perijá, El Rosario de Perijá y La Cañada de Urdaneta de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara formalmente embargado preventivamente los bienes muebles anteriormente señalados, descritos, y avaluado, y hasta por la cantidad de SESENTA Y SIETE MILLONES CIENTO OCHENTA Y TRES MIL QUINIENTOS CINCO BOLÍVARES (Bs. 67.183.505,00), y hace entrega del mismo al Depositario Judicial Provisional nombrado y juramentado a los fines de su guarda y custodia.