DISPOSITIVO INTERLOCUTORIO
Con fundamento a las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este tribunal Primero de Primera Instancia en lo Penal en funciones de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Zulia, extensión Santa Bárbara, Administrando justicia en Nombre de Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECIDE: Primero: Hacer la entrega al ciudadano ROMANUL DIAZ HERNANDEZ, de nacionalidad Colombiana, mayor de edad, titular del pasaporte Nº FA-932531 y con visa de transeúnte Nº 42.0951, domiciliado en la ciudad y Municipio autónomo de Maracaibo del estado Zulia, el vehículo de su propiedad el cual posee las siguientes características: Marca: Hyundai; Modelo: AFCENT GLS 1.5L; Color: Plata, Clase: Automóvil, Tipo: Sedan, Placas: GCA-71F, Serial de motor: G4EK2152407; Año: 2002, Serial de Carrocería: 8X1VF31NP2Y500808 y USO: Particular, por cuanto demostró contundentemente la legitima propiedad que tiene y posee sobre el mencio.....