DISPOSITIVO
Con fundamento a las consideraciones de hecho y derecho ut supra referidas, este TRIBUNAL DECIMO CUARTO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL ESTADO ZULIA, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del causante, WILLIAM COROMOTO BRAVO BRAVO, quien en vida fue venezolano, mayor de edad, portador de la cedula de identidad No V-7.606.533, fallecido en fecha Veinte (20) de Junio de 2025, conforme se evidencia del acta de defunción signada con el Nro. 180, emitida por la Unidad de Registro Civil de la Parroquia Raúl Leoni del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, consignada junto a la solicitud, realizada por los ciudadanos ELIDA ASUNCION BRAVO DE BRAVO, WILLIAM JOSE BRAVO BRAVO, WILSON DAVID BRAVO BRAVO y WILMER RAMON BRAVO BRAVO, venezolanos, mayores de edad, portado.....