DISPOSITIVO
En virtud de lo antes expuesto, éste TRIBUNAL TERCERO DE MUNICIPIO ORDINARIO y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de Divorcio fundada en el Artículo 185 del Código Civil, presentada por los ciudadanos JOSÉ BENITO GARCÍA LEAL y HEIDY DEL CARMEN MATOS ARTEAGA, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números V-14.235.402 y V-15.974.113, respectivamente.
SEGUNDO: DISUELTO EL VÍNCULO MATRIMONIAL contraído en fecha cinco (5) de Octubre del año mil novecientos noventa y nueve (1999), por ante el Jefe Civil de la Parroquia Carmen Herrera del Municipio Cabimas, estado Zulia, inserta bajo el N° 79, Libro N° 1, Folio 172, Año: 1999.
Publíquese, Regístrese incluso en el sitio web del Tribunal Supremo de Justicia www.tsj.gob.ve déjese copia certificada de.....