En nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara las anteriores actuaciones titulo Suficiente para asegurar su condición como ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS del de cujus LEOCADIO ANTONIO QUIJADA CABRERA a los ciudadanos LUISA MERCEDES RODRIGUEZ, JUAN RODRIGUEZ, LEOCADIO REYES RODRIGUEZ, JESUS RAMON QUIJADA RODRIGUEZ, LUIS ALBERTO RODRIGUEZ, TERESA RODRIGUEZ (premuerta) y MOISES MARIN (premuerto), venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad N° V-3.824.785, 8.380.491, V-3.824.784, V-3.822.720 y V-4.049.842, respectivamente, en su condición de hijos.-