Este JUZGADO SEGUNDO ESPECIAL EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA, SAN FRANCISCO, MARA, ALMIRANTE PADILLA Y PÁEZ DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA visto lo expuesto por el notificado en este acto y el documento consignado, y por cuanto el Documento notariado de Venta Pura y Simple constituye una prueba fehaciente de que el notificado ocupa el inmueble objeto de la medida, la cual se trata de una materia de jurisdicción voluntaria la cual no tiene contención, razón por la cual se Suspende la presente Medida de Entrega Material decretada por el comitente, y ordena la remisión al Juzgado de la causa, a los fines legales pertinentes.