Por los razonamientos expuestos, este Tribunal de Primera Instancia en Funciones de Juicio Nº 02 del Circuito Judicial Penal del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, acuerda ARRESTO DOMICILIARIO al Acusado KAEBY JOSE VELASQUEZ COVA, ampliamente identificado en autos, y deberá cumplirlo en la siguiente dirección: ubicado en la Calle Marina Casa Nro. 1-18 Frente a Helados EFE sector Los Cocos Porlamar Municipio Santiago Mariño del Estado Nueva Esparta, sitio en el cual se encontrará bajo la supervisión de la Comisaría de Porlamar del Instituto Neoespartano de Policía (Inepol). Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 2, 43 y 83 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y artículos 256 y 264 del Código Orgánico Procesal Penal . Se ordena el traslado del imputado a este Tribunal para imponerlo de esta decisión. Oficiese lo conducente al respecto. Notifíquese a las partes. .....