Se acuerda otorgar MEDIDA DE PROTECCION a favor de la ciudadana JUAN ERNESTO LANDAETA SANCHEZ, SU ESPOSO E HIJOS, y todo su entorno familiar, en consecuencia, se ordena otorgarle la correspondiente custodia y vigilancia policial a favor de la ciudadano JUAN ERNESTO LANDAETA SANCHEZ, SU ESPOSO E HIJOS y al resto de su entorno familiar, los cuales están residenciados en el Urbanización Villa Colonial, Calle la Llovizna, Casa N° 48, Sector Los Chacos, Municipio Maneiro," como a los bienes que en dicho inmueble poseen, para lo cual el Tribunal comisiona amplia y suficientemente al Director del Instituto de Policía Neoespartana, a los fines de que este organismo, gire las instrucciones necesarias a los fines de proceder al apostamiento policial, en la residencia de l ciudadano JUAN ERNESTO LANDAETA SANCHEZ, SU ESPOSA E HIJA, y todo su entorno familiar prestando la vigilancia que sea necesaria a la ciudadana JUAN ERNESTO LANDAETA SANCHEZ, SU ESPOSA E HIJA, y todo su entorno familiar, .....