, este TRIBUNAL SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL LABORAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la ciudad de Maracaibo, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara:
PRIMERO: COMPETENTE para conocer el Recurso de Nulidad de la Providencia Administrativa Nº 492/17 de fecha 22 de agosto de 2017, que corre inserta en el expediente Nº 042-2017-01-01174. Emanado de la Inspectoria del Trabajo "Dr. Luis Homez" adscrita al Ministerio del Poder Popular para le proceso Social Trabajo donde se ordeno el Reenganche y pago de salarios caídos al puesto de trabajo, al ciudadano DANIEL GUEDEZ PIRELA, titular de la cedula de identidad Nº 7.708.981.
SEGUNDO: ADMITE el Recurso de Nulidad de Acto Administrativo.
TERCERO: Se suspende la presente causa, de conformidad con criterio jurisprudencial vinculante de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ), toda vez .....