Por los fundamentos expuestos y en fuerza de los argumentos vertidos, éste JUZGADO PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DEL MUNICIPIO CABIMAS DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO POR EL ARTÍCULO 185-A DEL CÓDIGO CIVIL, interpuesta por los ciudadanos HENRY ALFONSO YARAURE BLANCO, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 15.850.326, domiciliado en el municipio Cabimas del Estado Zulia, y YANIREE DEL VALLE CARDOZO ROJAS, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad número 17.586.710, domiciliada en el municipio Cabimas del Estado Zulia,
SEGUNDO: SE DISUELVE EL VÍNCULO MATRIMONIAL por ellos contraído el día veintisiete (27) de diciembre de 2006, por ante la Oficina de Registro Civil Municipal del Municipio Cabimas del Estado Zulia, según Acta de Matrimonio si.....