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Decisiones del dia 25/05/2017

Formato:  Ficha  Lista

Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
Paginas 1 [Total de sentencias: 2] Página 1 de 1
N° Expediente : KP02-T-2016-000052 N° Sentencia : Fecha: 25/05/2017
Procedimiento:
Daño Y Perjuicio Material
Partes:
PARTE DEMANDANTE: RAFAEL GUSTAVO MARQUEZ LEON, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 17.196.751, Y DE ESTE DOMICILIO; PARTE DEMANDADA: ALBA MORELIA PEÑA, VENEZOLANA, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CEDULA DE IDENTIDAD Nº 11.597.472, Y DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
DISPOSITIVO Por los fundamentos anteriormente expuestos este JUZGADO PRIMERO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO LARA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA: PRIMERO: CON LUGAR la demanda por INDEMNIZACIÓN DE DAÑOS Y PERJUICIOS DERIVADA DE ACCIDENTE DE TRÁNSITO intentada por el ciudadano RAFAEL GUSTAVO MARQUEZ LEON en contra de la ciudadana ALBA MORELIA PEÑA, todos identificados. SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a cancelar la siguiente cantidad de dinero DOS MILLONES NOVECIENTOS OCHENTA Y SEIS MIL SETECIENTOS CINCUENTA Y DOS BOLÍVARES (Bs. 2.986.752, 00). Igualmente, al ser solicitado en la demanda deberá aplicarse la indexación judicial que se calculará de conformidad con los índices establecidos por el Banco Central de Venezuela desde la fecha de admisión de la demanda hasta la fecha del pronunciamiento que declare definitivamente .....
Juez/Ponente:
Eunice Beatriz Camacho Manzano
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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N° Expediente : KP02-V-2016-002765 N° Sentencia : Fecha: 25/05/2017
Procedimiento:
Ejecución De Hipoteca
Partes:
PARTE DEMANDANTE: SOCIEDAD MERCANTIL INTERCERAMIC, C.A; PARTE DEMANDADA: ALEXIS JOSÉ NOGUERA, VENEZOLANO, MAYOR DE EDAD, TITULAR DE LA CÉDULA DE IDENTIDAD Nº V.-7.363.375, DE ESTE DOMICILIO.
Resumen:
Por las razones expuestas y con el ánimo de favorecer la certeza procesal en torno a los lapsos a seguir el juzgado advierte a los intervinientes que el llamado a terceros se verificará de conformidad con el artículo 370 numeral 4, así como 382 ambos del Código de Procedimiento Civil. En este sentido, la causa quedará suspendida hasta la contestación a la demanda por los terceros o hayan transcurrido noventa (90) días continuos, lo primero que ocurra, posterior a la cual la causa quedará abierta a pruebas por el procedimiento ordinario, tal como prescriben los artículos 386 y el último aparte del artículo 663, ambos del Código de Procedimiento Civil. Finalmente, se advierte a la parte demandante que deberá ser diligente en el impulso del llamado a los terceros. Por las razones expuestas es menester de este tribunal declarar con lugar la oposición a la ejecución de hipoteca intentada. Igualmente, se ordena la notificación de las partes para que interpongan los recursos que conside.....
Juez/Ponente:
Eunice Beatriz Camacho Manzano
Organo:
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito
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