En base a lo antes expuesto éste Juzgado UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley:
1) SIN LUGAR: La demanda incoada por la S.M. ROYAL CAR`S PREMIER, C.A., (ROCAPRECA), inscrita ante el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, el 1 de abril de 2005, Nº 46, tomo 23-A, de este domicilio, representados por los abogados GILMA MEDINA, RAÚL PRIMERA y ELIZABETH INCIARTE, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el Inpreabogado bajo el Nº 21.453, 124.159 y 121.819 respectivamente, de este domicilio, e, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 9.737.411, de este domicilio, representado legalmente por los abogados YAJAIRA LANDAETA y CARLOS IUCEPPI, venezolanos, mayores de edad, inscritos en el inpreabogado Nros. 95.148 y 108.103 respectivamente, de este do.....