Por los fundamentos anteriormente expuestos, este Juzgado CUARTO DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECLARA SIN LUGAR la solicitud de Traslado Voluntario Temporal del procesado JAIDER MANUEL BOLIVAR GUERRERO, plenamente identificado al Reten Policial del Municipio Machique de Perija, permaneciendo recluido en el Centro de arresto Preventivos el Marite.
Regístrese, Publíquese y Notifíquese.
JUEZ CUARTO DE JUICIO.
DRA. RUBIS GOMEZ VIVAS
LA SECRETARIA,
ABOG. VERONICA VALBUENA
En la misma fecha, se registró la presente Decisión bajo el No.073-10. Y se ofició bajo los números 1659-10 y 1660-10
LA SECRETARIA