Vista las anteriores consideraciones y con el objeto de mantener un equilibrio Procesal de Derecho y de Justicia Social, este Juzgado Cuarto de los Municipios Mariño, García, Tubores, Villalba y Península de Macanao de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Sin Lugar la demanda que incoada por VITO CARMINE RESTAINO, EN CONTRA de la SOCIEDAD MERCANTIL XIO-VI C.A, la cual esta inscrita en el Registro Mercantil Segundo del Estado Nueva Esparta en fecha 21 de Marzo de año 2.005, anotada bajo el Nro 08, Tomo 14-A, representada por su presidente JORGE ISAAC VILLAMARINA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nro V. 24.107.173, por Desalojo.-
Se condena en costas a la parte Actora por haber resultado totalmente vencida en esta instancia, todo conforme lo establece el artículo 274 del Código de Procedimiento Civil.
Se ordena notif.....