Este JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIONES DE JUICIO DE LA SECCION PENAL DE RESPONSABILIDAD DEL ADOLESCENTE DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia en Nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, Garantísta del debido proceso, RESUELVE:
PRIMERO: REVISA DE OFICIO las precitadas medidas, y muy especialmente la mencionada que se refiere al otorgamiento de fianza ( literal G del artículo 582 LOPNNA), y en su lugar decreta una menos gravosa, como la contenida en el literal "C" del artículo 582 de la LOPNNA.
SEGUNDO: Por vía de consecuencia sustituye la medida cautelar antes referida decretada en fecha 20 de abril de 2009, dada a los adolescentes (NOMBRE OMITIDO POR CONFIDENCIALIDAD ART.545 DE LA LOPNNA) y en su lugar decreta la REVISIÓN DE LA MEDIDA ANTES EXPRESADA Y RESUELVE LA PRESENTACION PERIODICA CADA 8 DIAS DE LOS CITADOS ADOLESCENTES, de conformidad con lo preceptuado en el artículo 582 Literal "C" de la .....