DECISIÓN
Por las razones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este JUZGADO SUPERIOR PRIMERO PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y PARA EL RÉGIMEN PROCESAL TRANSITORIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en la Ciudad de Maracaibo, administrando Justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara:
1. COMPETENTE para conocer de la acción de amparo constitucional la abogada en ejercicio ELSIBET GARCÍA, actuando en su carácter de apoderada judicial de la empresa EDITORIAL SANTILLANA, en contra de la decisión dictada en fecha: 30-06-2006 por el Juzgado Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial Laboral de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, por presunta violación del derecho de acceso a los órganos de la administración de justicia para hacer valer sus derechos e intereses, y el derecho al debido proceso, y el derecho a la defensa.
2. ADMITE la presente acci.....