PRIMER PARTICULAR, el Tribunal deja constancia que en el inmueble donde se encuentra constituido en su fachada principal cuenta con una tapia provista de cuatro (04) portones y una (01) puerta para entrada peatonal. Es todo.- Con relación a lo solicitado en el SEGUNDO PARTICULAR, el Tribunal deja constancia que en el inmueble donde se encuentra constituido existe una construcción. Es todo.-