RATIFICA LA ADMISION DE LA ACUSACIÓN FISCAL, incoada en contra de los hoy adolescentes en razón de cumplir la misma con los requisitos de ley previstos en el artículo 570 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en concordancia con el artículo 578 literal "a" ejusdem.
SEGUNDO: RATIFICA LA ADMISION DE LOS MEDIOS DE PRUEBA ofrecidos por el Ministerio Público en el escrito acusatorio, a los cuales se acogió la Defensa de auto en atención al principio de la comunidad de la prueba, todo en razón de verificarse la legalidad, licitud, necesidad y pertinencia de los medios de pruebas ofrecidos para ser evacuados en la fase de juicio, de conformidad con lo establecido en el artículo 313 numeral 9 del Código Orgánico Procesal Penal, que entró en vigencia anticipada en fecha 15-06-2012, según gaceta extraordinaria N° 6078 y se sustituyen las medidas de coerción personal que recae sobre de los adolescentes por la presunta comisión del delito de ROBO AGRAVADO EN LA.....