Éste Juzgado Primero Superior del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley declara: PRIMERO: SIN LUGAR el Recurso de Apelación interpuesto por la parte demandada apelante, empresa MUSIPAN VACATIONS CLUB, C.A., a través de sus apoderados judiciales, abogados en ejercicio ALFREDO MILLÁN y MARIA EUGENIA GONZÁLEZ. SEGUNDO: Se confirma la decisión publicada en fecha 10-01-2014 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de esta Circunscripción Judicial, en consecuencia, se ordena el pago de la incidencia de las comisiones que generó el actor durante la relación laboral, respecto a los días de descanso, días feriados y domingos discriminados en la motiva de la presente decisión, así como, la incidencia generada por dichas comisiones en los conceptos de antigüedad, vacaciones 2011-2012, bono vacacional 2011-2012 y utilidades 2012, intereses sobre p.....