Este Tribunal Primero de Juicio del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, actuando en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:PRIMERO:CON LUGAR la medida de protección de COLOCACIÓN FAMILIAR, incoada por la Defensa Pública Primera en materia de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, por requerimiento del ciudadano, JESÚS MARÍA GONZALEZ GIL, en consecuencia se le otorga al referido ciudadano LA COLOCACIÓN FAMILIAR de su sobrino, "Cuya identificación se omite de conformidad con lo establecido en el Artículo 65 de la LOPNNA"SEGUNDO:Queda entendido conforme a lo previsto en el artículo 396 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, que el ciudadano JESÚS MARÍA GONZALEZ GIL, ostentara la Responsabilidad de Crianza del adolescente de autos, durante el tiempo que dure la Medida de Protección aquí dispuesta, en co.....