Vista la diligencia de fecha 22/03/2013, suscrita por una parte entre el abogado en ejercicio LUIS ANGEL ORTEGA VARGAS, inscrito en el inpreabogado bajo /el No. 120.257, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte demandada Sociedad Mercantil PROMOTORA COSTA ORIENTAL VILLA, C.A., y por otra parte el ciudadano EDGUAR OJEDA, en su carácter de parte demandante, debidamente asistido por el abogado en ejercicio NESTOR PRIETO, inscrito en el inpreabogado bajo el No.132.883, a los fines de dar por TERMINADA la presente causa, mediante el cual consignan Acta Transaccional de fecha 22/12/2012, en la cual el representante de la empresa demandada, ofreció al ciudadano EGUAR EDUIN OJEDA AVILA la cantidad de CINCO MIL TRESCIENTOS CUARENTA Y SEIS BOLIVARES CON CUARENTA Y SIETE CÉNTIMOS (Bs. 5.346,47), cantidad esta que fue aceptada por el demandante y pagada mediante Cheque Nro. 46382189, de fecha 21/12/2012, girado contra la entidad bancaria Banco Mercantil, a favor del ciudadano EGUAR EDUIN.....