en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, suspende provisionalmente la Custodia como atributo a la Responsabilidad de Crianza conferida por sentencia de Divorcio de fecha dos (02) de abril de 2012 dictada por el Juzgado Tercero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación y Ejecución del Circuito de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta a la ciudadana Maleimy Isabel Rojas García, titular de la cédula de identidad No.12.469.849 y en su lugar, la OTORGA al ciudadano Carlos Enrique Fuentes, titular de la cédula de identidad No.11.855.304, quien será el representante legal de las niñas OMITIDO, de diez años de edad, titular de la cédula de identidad No.29.655.726 y OMITIDO, de catorce años de edad, titular de la cédula de identidad No.26.344.886