En cuanto a los particulares PRIMERO, SEGUNDO y TERCERO, de dicha diligencia, este Tribunal NIEGA lo solicitado, en virtud de que en las actas procesales del expediente no consta que se hayan realizado las notificaciones y citaciones de los oficios Nros. 016-13, 017-13, 015-13, dirigidos al Gerente de la Corporación Eléctrica del Estado Nueva Esparta, Procuradora General de la República Bolivariana de Venezuela y la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público con competencia en lo Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui y Nueva Esparta.
Con relación al particular CUARTO de la diligencia, se deja constancia que en los folios 336 y 337 del prenombrado expediente, consta la consignación del Alguacil de este Tribunal, que fue practicada la comisión remitida al Juzgado Distribuidor de Municipio de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, dirigida a la Fiscal Vigésima Segunda del Ministerio Público, con oficios Nros. 561-13 y 421-13, y ha.....