Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO UNDÉCIMO DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
1) DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL que contrajeron los ciudadanos LEIDY DIANA ARELLANO ARELLANO Y JACKSON OVADI VILLAMIZAR TAPIAS venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. 14.544.634 Y 13.364.239 respectivamente, cuyo domicilio conyugal estuvo fijado en Maracaibo del Estado Zulia, el día veinte (20) de Octubre del 2007, por ante el Jefe Civil y Secretario respectivamente de la Parroquia ANTONIO BORJAS ROMERO del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, según se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio Nº 262.
2) Asimismo se deja establecido según pronunciamiento de los solicitantes que durante la unión matrimonial no procrearon hijos ni adquirieron bienes, y que se exp.....