PRIMERO: CON LUGAR, la demanda interpuesta por la Ciudadana DALER DEL VALLE SALAZAR VELASQUEZ, contra el ciudadano RENE GOMEZ ROJAS, ya identificados, por DAÑOS MATERIALES (TRANSITO).-
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada ciudadano RENE GOMEZ ROJAS a pagarle a la parte demandante ciudadana DALER DEL VALLE SALAZAR VELASQUEZ la cantidad de TRES MILLONES QUINIENTOS MIL BOLIVARES (Bs. 3.500.000,00) monto de los daños causados.-
TERCERO: Se condena al demandado al pago de las costas y costos de la presente causa.-
Publíquese, Regístrese y déjese copia certificada.-
Dado, firmado y sellado en la Sala de Despacho del Juzgado de los Municipios Arismendi, Antolín del Campo y Gómez de la Circunscripción Judicial del Estado Nueva Esparta, a los Veinticinco días del mes de Febrero del Dos Mil Cuatro.- Años: 193° de la Independencia y 144° de la Federación.-
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