Por las razones de hecho y de derecho antes expuestas este TRIBUNAL DÉCIMO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS MARACAIBO, JESÚS ENRIQUE LOSSADA Y SAN FRANCISCO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la falta de interés en el trámite de la solicitud interpuesta por el ciudadano ADOLFO RAMON PIRELA SANCHEZ, asistido por las abogadas en ejercicio XIOMARA ALVARADO GIL y ANA ALVILLAR REYEZ, antes identificadas en actas, y consecuencialmente terminado el presente procedimiento y se ordena el archivo de la solicitud.
Se acuerda remitir la presente solicitud a la Oficina de Archivo Judicial, previa inclusión en el legajo correspondiente.
Publíquese. Regístrese.
Déjese copia certificada por secretaría del presente fallo de conformidad con lo establecido en el artículo 248 del Código de Procedimiento Civil, en concordancia con lo establecido en .....