DISPOSITIVO
Por los razonamientos antes expuestos, este Tribunal Superior de lo Contencioso Tributario de la Región Zuliana en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de ley, declara:
1.-. SE DECLARA la extinción de la acción por pérdida del interés procesal en el presente Recurso que se sustancia bajo el expediente Nro. 1500-13 incoado por el ciudadano GUSTAVO ENRIQUE PEROZO OCANDO, venezolano, mayor de edad, titular de la cedula de identidad Nro. V- 7.691.592, actuando en su carácter de representante legal de la sociedad mercantil "INDUSTRIAS METALURGICAS G Y P, C.A", inscrita en el Registro Mercantil Tercero de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, en fecha 20 de abril de 2001, bajo el Nro. 48, Tomo 18-A e inscrita en el Registro de Información Fiscal Nro. J-30802958-0, según se constata en poder debidamente otorgado por el ciudadano FEDERICO GERMAN WOLTER DE LA GUARDIA, asistida en este acto por el abogado CARLOS URDANETA ROSALE.....