PRIMERO: CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO POR MUTUO CONSENTIMIENTO formulada por los ciudadanos ELIANNY MARYL CASTRO CARRILLO y JOSÉ NICANOR RINCÓN MORALES, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nos. 18.644.103 y 18.379.771, respectivamente, y domiciliados en la ciudad y municipio autónomo Maracaibo del estado Zulia, debidamente asistidos en este acto por la profesional del derecho MARÍA GABRIELA URDANETA MORALES, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 220.517 y de este mismo domicilio.
SEGUNDO: DISUELTO el vínculo matrimonial contraído por los ciudadanos ELIANNY MARYL CASTRO CARRILLO y JOSÉ NICANOR RINCÓN MORALES, antes identificados, por ante el Registro Civil del municipio Girardot del estado Aragua, en fecha dos (02) de agosto del año dos mil trece (2013), tal y como se evidencia de copia certificada del Acta de Matrimonio signada con el No. 108 que corre inserta a los folios cuatro (04) y cinco (05) de la presente solicitud.