Por los fundamentos expuestos, este Juzgado administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la presente solicitud de DIVORCIO, y en consecuencia, queda DISUELTO EL MATRIMONIO CIVIL contraído por los ciudadanos RAQUEL CASTRO FERNANDEZ y JOE DARIO VILLALOBOS URDANETA, en fecha veintinueve (23) de julio de 2011, por ante la Jefatura Civil de la Parroquia Juana de Avila del Municipio Maracaibo del Estado Zulia, tal y como se evidencia del acta de matrimonio signada con el No. 12, acompañada a los autos en copia certificada.
Se ordena oficiar al Registro Civil de la Parroquia Juana de Avila del Municipio Maracaibo del estado Zulia, y al Registro Principal del Estado Zulia, a objeto que estampe la nota marginal correspondiente.