resuelve:
Designar Curador Ad Hoc del niño JOSE GREGORIO PORTILLO URDANETA, a la ciudadana ZENIX COROMOTO URDANETA, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº V.-9.775.258, de conformidad con lo establecido en el artículo 110 del Código Civil.-
Devuélvanse el original de lo actuando a la parte interesada, dejando copia certificada del presente fallo.
Publíquese y Regístrese.
Dada, firmada y sellada en el Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del estado Zulia, Sala de Juicio, Despacho del Juez Unipersonal No. 1, en la ciudad de Maracaibo, a los veintiocho (28) días del mes de Enero de 2013. Año 202° de la Independencia y 153º de la Federación.
EL JUEZ TITULAR UNIPERSONAL NO. 1
DR. HÉCTOR RAMÓN PEÑARANDA QUINTERO.
LA SECRETARIA
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