DISPOSITIVO
En fuerza a los argumentos de hecho y de derecho anteriormente fundamentados en la parte motiva de la presente decisión, este JUZGADO DECIMO QUINTO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACION, MEDIACION Y EJECUCION PARA EL NUEVO RÉGIMEN PROCESAL Y TRANSITORIO DEL CIRCUITO JUDICIAL DEL TRABAJO DEL ESTADO ZULIA, Administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda que por Accidente de trabajo, incoará el ciudadano JHON JEHIBI GARCÍA ABRIL, en contra de la Sociedad Mercantil ALIMENTOS ADDIAN, C.A., (ambas partes suficientemente identificadas en actas).
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada, Sociedad Mercantil ALIMENTOS ADDIAN, C.A., pagar a la parte demandante, la cantidad de CUARENTA Y DOS MIL NOVENTA Y SIETE CON DOS BOLÍVARES (Bs. 42.097,2).
TERCERO: Se acuerda la corrección monetaria, según lo establecido en la parte motiva del presente fallo.
CUARTO: No .....