Por todo lo anteriormente expuesto se CONDENA al acusado ALVARO LUIS LUJAN BRACHO, venezolano, natural de Maracaibo Estado Zulia, fecha de nacimiento 04/04/1985, profesión u oficio pescador, de 21 años de edad, Estado Civil soltero, hijo de MARISOL BRACHO y MELECIO LUJAN, residenciado en la Cañada de Urdaneta a una cuadra del Depósito Sal si puedes, en el municipio la Cañada del Estado Zulia, a cumplir la pena de DOS (2) AÑOS DE PRISION, por el delito de APROVECHAMIENTO DE COSA PROVENIENTE DEL DELITO, previsto y sancionado en el Artículo 470 del Código Penal venezolano, cometido en perjuicio de AMBULATORIO RURAL II SAN JOSÉ DE POTRERITO. La publicación de la sentencia se llevará a cabo a más tardar dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a este pronunciamiento, de conformidad a lo previsto en el artículo 365 del Código Orgánico Procesal Penal. Concluyó el acto siendo las 11:30 am. Se deja constancia que se cumplieron con todas las formalidades exigidas por ley, para la re.....