CON LUGAR la acción de DIVORCIO intentada por los ciudadanos WINMARA FABIOLA CHACIN SANCHEZ Y ELIAS JORGE KABBOUJI KALWATI, venezolanos, mayores de edad, portadores de las cedulas de identidad Nos. V-12.694.641 y V-12.216.464 respectivamente; de conformidad con lo establecido en el artículo 185-A. Del Código Civil Vigente.----------------------------------------------------------------------------------
2) En cuanto la Patria Potestad de la niña y/o adolescente PAOLA ALEJANDRA KABBOUJI CHACIN, será compartida por ambos progenitores.----------------------------------------------------------------------------
3) La Guarda de la misma será ejercida por su progenitora, ciudadana WINMARA FABIOLA CHACIN SANCHEZ.---------------------------
4) En relación al Régimen de Visitas, será para el progenitor quien podrá visitar a su menor hija todos los días de la semana en un horario comprendido entre (6:00 y 8:00) de la tarde, siempre y cuando éste horario no .....