En este estado este Juzgado Segundo Especial Ejecutor de Medidas de los Municipios Cabimas, Santa Rita, Miranda, Lagunillas Simón Bolívar, Valmore Rodríguez y Baralt de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECLARA formalmente embargado preventivamente: UN CINCUENTA POR CIENTO (50%) de las cantidades de dinero causadas hasta la fecha 04 de octubre de 2005 que por concepto de: LEY DE POLÍTICA HABITACIONAL que le corresponden al ciudadano: ELIO OMAR CARIDAD LEAL, antes identificado por su relación laboral en la empresa PDVSA, PETRÓLEOS, S.A, y que se encuentra depositados en esta entidad bancaria .-Y una vez se haga efectiva la presente medida la cantidad de dinero correspondiente deberá ser remitida en cheque de gerencia a nombre del TRIBUNAL DE PROTECCIÓN DEL NIÑO Y DEL ADOLESCENTE DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ZULIA, con sede en Cabimas.....