Este Tribunal de conformidad con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo en concordancia con los artículos 9 y 10 de su Reglamento, le imparte su HOMOLOGACION en los términos expuestos, por cuanto los acuerdos alcanzados no son contrarios a derecho y versan sobre derechos disponibles; pasando con Autoridad de Cosa Juzgada; del mismo modo, se ordena el archivo del presente expediente y su remisión al Archivo Regional para su resguardo y cuido, por cuanto la causa en el contenida ha concluido; ordenándose librar oficio a la Coordinación Judicial a los fines legales consiguientes. Líbrese Oficio.-
DRA. ELIDA SUAREZ VELASQUEZ.
JUEZ TEMPORAL.-
ABG. PAULA DIAZ MALAVER.
SECRETARIA TEMPORAL
ESV/PDM/flr.-
Exp: N° 3067/99.